Cerveceros de España suscribe con los consumidores la revisión de su Código de Autorregulación Publicitaria

Jueves, 03 de julio 2003

Entre las novedades, destacan las medidas de prohibición, aún más expresas, destinadas a proteger a menores y conductores

Cerveceros de España, la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) han suscrito hoy, en la sede del Consejo Superior de Cámaras de Comercio, el nuevo "Código de Autorregulación Publicitaria de Cerveceros de España", con el fin de profundizar en la garantía de que todas las comunicaciones comerciales sobre cerveza sean legales, honestas, verídicas, éticas y se elaboren con sentido de responsabilidad social.

El Código de Autorregulación Publicitaria de Cerveceros de España, compromiso pionero en el sector de bebidas, se firmó en 1995 para armonizar las condiciones de la actividad publicitaria de cerveza hacia prácticas y conductas responsables. Tras ocho años de vigencia del mismo, la valoración de las medidas que en él se contemplan, así como su cumplimiento, han sido muy positivos. Sin embargo, el sector ha creído conveniente dar un paso más en pro de su compromiso social hacia un consumo responsable con la revisión de este Código, suscrito esta mañana por Jacobo Olalla Marañón, director general de Cerveceros de España, María Rodríguez Sánchez, presidenta de CECU, y José Domingo Gómez Castallo, director general de Autocontrol.

Jacobo Olalla afirmó que "la revisión de este código supone, no sólo la expresión del compromiso continuado del sector cervecero por respetar la legislación vigente, sino también una voluntad común para el ejercicio responsable de una actividad comercial, la publicidad, incluso más allá de lo que marca la ley".

Por su parte, María Rodríguez, presidenta de CECU, mostró su apoyo a este Código afirmando que "es indispensable colaborar con la industria en todas aquellas iniciativas que reviertan en un beneficio para los consumidores". En este sentido, indicó que "CECU mantiene con Cerveceros de España un acuerdo de colaboración para desarrollar iniciativas en el ámbito de la información al consumidor y la responsabilidad social", entre las que citó la campaña educativa Un dedo de espuma, dos dedos de frente, que tiene como objetivo promover el consumo responsable de cerveza entre los jóvenes.

 

Un código coherente con las directrices sobre autorregulación publicitaria de la Unión Europea

 

Este pacto de Autorregulación, en el que se ha trabajado durante más de dos años y que se ha elevado a la Administración Pública para recoger sus consideraciones - concretamente, a los ministerios competentes en la materia (Ministerio de Sanidad y Consumo, Instituto de la juventud, Dirección General de Protección Jurídica del Menor, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, entre otros)-, es coherente con las directrices sobre autorregulación publicitaria formuladas a los distintos sectores económicos y a los consumidores por la Unión Europea (UE). Así, la Recomendación del Consejo de la UE de 5 de junio de 2001 (2001/458/CE) expresa la necesidad de que los Estados miembros, en función de sus distintos entornos jurídicos, normativos o autorreguladores, fomenten, en cooperación con productores y distribuidores de bebidas alcohólicas y organizaciones no gubernamentales pertinentes, el establecimiento de mecanismos eficaces en los sectores de la promoción, la comercialización y la distribución.

 

"Autocontrol valora muy positivamente que el sector cervecero, que ya fue pionero a la hora de autorregular su publicidad, haya dado un paso más con el establecimiento de medidas aún más estrictas para regir sus comunicaciones comerciales. Consideramos que es muy importante la actualización de los compromisos para asegurar la eficacia de la autorregulación publicitaria", indicó José Domingo Gómez Castallo.

 

La protección de los menores de forma aún más expresa, una de las principales novedades del Código

En el nuevo texto se definen ciertos aspectos relacionados con la obligatoriedad de la inserción del mensaje de consumo responsable en todas las comunicaciones comerciales: tamaño del mensaje, ubicación y tiempo de exhibición en los spots publicitarios de TV. Por otra parte, se establece que las comunicaciones comerciales no describirán situaciones asociadas al consumo de sustancias psicotrópicas y/o de tabaco, no harán referencias sexistas que desvirtúen el papel de la mujer en la sociedad y no se dirigirán a menores de 18 años.

En este sentido, se ha considerado oportuno añadir algunas medidas que prohibieran de forma aún más expresa las actividades publicitarias y promocionales susceptibles de ser vistas por conductores y menores, segmento, éste último, de la población que requiere una especial atención y sobre el que el sector siempre ha demostrado una especial sensibilización. 

Concretamente, en el caso de los conductores, se establece la prohibición de la publicidad o patrocinio en revistas, espacios televisivos o de radio específicos de motor, quedando además prohibida cualquier labor de patrocinio de sus eventos. En el caso de los menores, se han introducido algunas novedades como que las comunicaciones comerciales no podrán utilizar diseños o códigos de comunicación susceptibles de estar destinados al público infantil y menores de edad. Igualmente, no se producirá ni distribuirá ningún tipo de producto/bebida ni material promocional especialmente diseñado para este público y las comunicaciones comerciales de cerveza no podrán ser exhibidas en sitios visibles a la entrada o salida de colegios.

 

Limitaciones para la cerveza sin alcohol

 

Cerveceros de España ha querido ir más allá en su compromiso de protección a los menores estableciendo otras medidas relativas a la cerveza "sin" ya que, si bien se trata de una bebida que no contiene alcohol, el sector entiende que podría generar confusión en los más jóvenes. Así, su publicidad no podrá ser exhibida en medios impresos que estén destinados a menores de edad o en páginas impresas que contengan artículos, reportajes o informaciones especialmente dirigidas a este público, así como en cines o teatros inmediatamente antes, durante o después de las funciones específicas dirigidas a menores. 

Ninguna marca de cerveza sin alcohol patrocinará ningún acontecimiento o evento que esté específicamente destinado a este segmento de edad y queda prohibida, además, la publicidad de esta variedad de cerveza emitida inmediatamente antes, durante o después de la emisión de programas de TV, radio o cine que sean dirigidos específicamente a un público infantil o menor de edad.

Otra de las novedades del Código se refiere a la comisión de seguimiento de cumplimiento del mismo que estará integrada por Cerveceros de España y CECU. Será la Comisión Paritaria de Seguimiento quien lleve a cabo el proceso de estudio de cada queja y notificación de decisión de la Comisión y en caso de discrepancia, la reclamación se elevará a Autocontrol. El incumplimiento reiterado de los compromisos asumidos en el Código y, en particular, no atender los requerimientos de rectificación, será incompatible con la pertenencia de las empresas a Cerveceros de España.

Las compañías pertenecientes a Cerveceros de España cuentan con un plazo de tres meses para adecuar sus comunicaciones comerciales a las medidas establecidas en este Código, que se hará efectivo en el mes de septiembre.

 

MEDIDAS ESTABLECIDAS EN EL CÓDIGO DE AUTORREGULACIÓN (1995)

PRINCIPALES NOVEDADES TRAS LA REVISIÓN DEL CÓDIGO (2003)

Consumo y abuso: Responsabilidad social

 

Obligación de incluir en las comunicaciones comerciales un mensaje sobre consumo responsable: "xxx (marca) recomienda un consumo responsable" 

No describirán situaciones de consumo abusivo

No señalarán que el consumo de cerveza disminuye/elimina sentimientos negativos

No implicarán que beber es necesario para tener éxito 

No fomentarán actuaciones agresivas ni violentas

No se dirigirán a personas bajo tratamiento médico y embarazadas

No se dirigirán a los menores de edad

 

 

Nuevas especificaciones del mensaje sobre consumo responsable: tamaño del mensaje, ubicación y tiempo de exhibición en los spots publicitarios de TV.

Extensión del mensaje a  publicidad exterior

No se describirán situaciones asociadas al consumo de sustancias psicotrópicas /tabaco

No harán referencias sexistas que desvirtúen el papel de la mujer en la sociedad

 

Menores de edad y cerveza

 

Apoyar iniciativas educativas y desarrollar acciones didáctico-formativas con los menores 

Respaldar las disposiciones legales que impidan la compra y consumo de cerveza a menores

Las comunicaciones comerciales mostrarán a menores bebiendo o animando al consumo de cerveza

No sugerirán que el consumo de cerveza es un signo de madurez 

No podrán ser colocadas, exhibidas o radiadas en: 

 

Medios impresos destinados a menores o en páginas impresas con informaciones dirigidas a este público

Cines o teatros inmediatamente antes, durante o después de las funciones dirigidas a menores.

En TV, no se emitirán spots de cerveza antes de las 20:30 horas

No se patrocinará ningún evento destinado a menores 

 

No se utilizarán diseños o códigos de comunicación susceptibles de estar destinados a menores

No se producirá ni distribuirá ningún producto/bebida ni material promocional, tampoco en el caso de la cerveza sin alcohol, especialmente diseñado para menores

Las comunicaciones comerciales de cerveza no podrán ser exhibidas en sitios visibles a la entrada o salida de colegios

Las comunicaciones comerciales de cerveza SIN ALCOHOL no podrán ser exhibidas en:

 

Medios impresos destinados a menores o en páginas impresas que contengan informaciones dirigidas a este público

En cines o teatros inmediatamente antes, durante o después de las funciones dirigidas a menores

Se prohibirá la publicidad emitida inmediatamente antes, durante o después de la emisión de programas de TV, radio o cine dirigidos a menores

Ninguna marca de cerveza sin alcohol patrocinará ningún evento destinado a menores 

 

Cerveza y conducción

 

Apoyar medidas gubernamentales para vigilar el cumplimiento de la normativa vigente sobre educación vial y alcohol

No se sugerirá que hay un "nivel seguro" para el consumo de alcohol 

No se relacionará al consumidor con el acto de la conducción 

 

 

Prohibir la publicidad o patrocinio en revistas, espacios televisivos o de radio específicos de motor, así como el patrocinio de eventos relacionados con la conducción.

Cerveza y trabajo

 

No se sugerirá que el consumo tiene un efecto positivo en el trabajo

No se asociará con la utilización de maquinaria peligrosa

 

 

Comisión de seguimiento

 

Creación de una comisión de seguimiento para el cumplimiento del Código

 

Si hay discrepancia, la reclamación se elevará a Autocontrol 

El incumplimiento de los compromisos será incompatible con la pertenencia a Cerveceros de España.

 


Curso de comunicación TAG
 
Grupo Control