Convenio sobre publicidad infantil entre AUTOCONTROL y AEFJ

Martes, 17 de junio 2003

Para la implantación de un mecanismo complementario para el control del cumplimiento y la aplicación del Código Deontológico de Publicidad Infantil de AEFJ

El Presidente de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL), Félix Muñoz, y el Presidente de la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes (AEFJ), Salvador Miró, han firmado un Convenio de Colaboración para la implantación de un mecanismo complementario para el control del cumplimiento y la aplicación del Código Deontológico de Publicidad Infantil de AEFJ. 

El Código para la Publicidad Infantil de AEFJ, es el Código deontológico en materia publicitaria más antiguo de los existentes en España. Aprobado en 1993 tiene como fin promover altos niveles de veracidad y responsabilidad en los contenidos publicitarios dirigidos a la infancia. 

Con la firma de este Convenio, el mecanismo de control de la aplicación y cumplimiento del Código de Publicidad Infantil, que hasta ese momento tenía un funcionamiento autónomo, se integra dentro del sistema de autorregulación de AUTOCONTROL. De este modo, todos los sistemas de autorregulación publicitarios sectoriales existentes en España (Código de la Federación Española de Bebidas Espirituosas (FEBE), de la Asociación Nacional de Especialidades Farmacéuticas Publicitarias (ANEFP), de la Asociación Española de Tabaco, de la Asociación de Cerveceros de España y de Farmaindustria) se encuentran integrados, actualmente, en el sistema general de autorregulación publicitaria que gestiona Autocontrol y aplica el Jurado. 

A través de este Convenio la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes y Autocontrol acuerdan "articular un mecanismo complementario para el control del cumplimiento y la aplicación del Código Deontológico de Publicidad infantil, en el que, junto con la Comisión de Seguimiento de dicho Código, jugará un papel destacado el Jurado de la Publicidad de Autocontrol, que, en el marco del presente Convenio, se encargará de la resolución de las eventuales controversias que puedan surgir por la presunta infracción de las normas contenidas en el citado Código". 

De acuerdo con lo dispuesto en el Convenio, la Comisión de Seguimiento de la Publicidad Infantil será la primera instancia encargada de resolver las eventuales controversias por la presunta infracción del Código Deontológico de Publicidad Infantil. En el caso de que el intento de solución no prospere, el Jurado de la Publicidad entrará a resolver la controversia de acuerdo con lo dispuesto en su Reglamento, con el fin de dilucidar si la publicidad cuestionada en cada caso vulnera o no las normas recogidas en el Código Deontológico de Publicidad Infantil de AEFJ. 

El objetivo de este Convenio es hacer patente la apuesta de los fabricantes de juguetes por la autorregulación efectiva y su firme compromiso de respeto hacia las normas contenidas en su Código Deontológico de Publicidad Infantil. Por otra parte, la firma de este convenio supone un reconocimiento a la labor desarrollada por Autocontrol al encomendar, al Jurado de Autocontrol, el control del cumplimiento del mismo. De esta forma, Autocontrol se compromete a extender su sistema de resolución extrajudicial de controversias al ámbito concreto de la publicidad infantil manteniendo los principios de independencia, imparcialidad y transparencia que rigen las actuaciones de su Jurado. 


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