¿Es legal promocionar un producto de una marca que te paga por hacerlo, sin indicar que es publicidad?
Indagando por la red vemos que en EEUU y Reino Unido, si te pagan por hacer una publicación promocionada estás obligado a especificarlo, porque si no, se considera publicidad engañosa.
En España, tenemos un vacío legal tan grande como los nuevos anuncios de YouTube, que da lugar a confusiones muchas veces. Luis Cazorla en su blog puso de ejemplo este tuit del deportista Óscar Pereiro. O nosotros mismos, encontramos sospechoso algunos de los tuits de Jorge Lorenzo. Esto es como lo de culo o codo, ¿publicidad o un tuit de lo más espontáneo?
Algunos famosetes en EEUU indican este tipo de tuits con el hashtag #ad, como por ejemplo hace es este tuit Charlie Sheen. Lo cual, nos lleva a la siguiente pregunta: si indicamos que es publicidad, ¿no se están cargando el objetivo de este tipo de publicidad?
Si esta práctica está tan cotizada y cada vez es más común, es precisamente porque las marcas quieren que prosumers, líderes de opinión y celebrities hagan recomendaciones que parezcan espontáneas y sinceras.
Es decir, buscan credibilidad. Si en la publicación agregan el hashtag #ad ¿realmente tiene sentido invertir en esta forma de publicidad? Al indicar que se trata de una promoción, ¿pierde todo el sentido la acción, o sólo es una extensión de la publicidad tradicional?
Esto último ha sido una pregunta abierta, que podéis contestar en los comentarios del vídeo en YouTube. Queremos saber tu opinión, y si conoces otro ejemplo, pues también.
#SB36 es una producción de 2conleche y El Cañonazo Transmedia.