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¿Es ilegal incluirte en un grupo de Whatsapp sin tu consentimiento?

¿Es ilegal incluirte en un grupo de Whatsapp sin tu consentimiento?
Viernes, 22 de diciembre 2017

La Agencia Española de Protección de Datos establece como infracción grave la inclusión de un usuario a un grupo de WhatsApp sin su previo consentimiento. Pero, ¡ojo!, esta medida sólo aplica a los grupos de colegios, ayuntamientos u otras instituciones.

Los grupos de WhatsApp pueden convertirse en una verdadera pesadilla para muchos, hasta el punto de que muchos de sus miembros terminan silenciando al grupo aún a riesgo de perderse información necesaria y relevante.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de poner la primera piedra para poner fin a muchos de esos grupos, estableciendo en una resolución como infracción grave la inclusión de un usuario a un grupo de WhatsApp sin su consentimiento. Durante los últimos tiempos han sido muchas las denuncias de usuarios que se han visto agregados a grupos de colegios, ayuntamientos o asociaciones sin su consentimiento. Quizás el caso más relevante sea el del Ayuntamiento de Boecillo en Valladolid, donde un concejal incorporó a 255 vecinos en grupo de información vecinal con el consentimiento verbal de sólo 37 de ellos. 

Entonces, ¿esto es el fin de los grupos de WhatsApp? No existen problemas legales de este tipo cuando se trata de un grupo de WhatsApp privado o doméstico, pero las instituciones necesitan el consentimiento expreso y específico. “No hablamos solo del uso fraudulento de datos, ante bulos o cadenas nos encontramos totalmente desnudos sobre su veracidad”, explica Edelmiro Justo, director adjunto de TokApp, una app especializada en la comunicación para centros educativos e instituciones. “No solo los colegios o los ayuntamientos, sino cualquier asociación o institución debe enviar sus comunicados por un medio oficial y seguro que guarde la privacidad del usuario, sino como hemos visto, corre un riesgo legal”, afirma.

Las multas previstas para este tipo de infracciones están cuantificadas con cantidades que abarcan desde los 40.001 a los 300.000 euros.


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